J.L. Sariego |
¿Pero no son acaso las leyes la forma mas sutil que tiene el Estado para utilizar la violencia contra las personas?
Pero volvamos a nuestro argumento:
En los casos arriba mencionados se ejerce la violencia (en cualquiera de sus aspectos) y se declara a una persona vencida y otra vencedora. La vencida es conminada por una sentencia que si no hace lo que se ordena (condena) se le podrá poner los muebles en la calle, que si se acerca a sus hijos será detenida por la fuerza por desobedecer una sentencia judicial.
Pero vayamos al ámbito de los conflictos familiares, que es donde mejor me desenvuelvo.
En casos de separación y/o divorcio y rupturas de parejas de hecho, vemos cómo una tercera persona investida de autoridad (Juez), decide que una persona debe abandonar su domicilio y debe pagar un dinero para pensiones, etc. se le ordena que puede ver a sus hijos/as como si de un museo se tratasen, esto es, a tal y cual hora. Si no lo hace, ¿qué pasa?:
Un/a ciudadano/a puede ser desalojado de su propia casa por la fuerza e incluso ser detenido, tras resolver un conflicto familiar.
Un/a ciudadano/a puede ser juzgado y detenido/a si no paga las pensiones que el Juez ha decidido, o embargado/a en su sueldo, tras resolver un conflicto familiar.
Si no cumple con el horario de museo impuesto para ver a sus hijos/as, podrá ser multado o algo peor quizás. Incluso se obliga últimamente a acudir a un Punto de Encuentro, tal como si fueran delincuentes, tras resolver un conflicto familiar.
Así se resuelven muchos casos de conflictos familiares en nuestro país.
Esta violencia es la que perciben muchos hombres y mujeres que se ven involucrados en un proceso de separación y/o divorcio.
Si el Estado (Justicia) les trata con violencia, ¿porqué no utilizar la violencia ellos/as mismos/as para resolver sus conflictos?
La Justicia de forma directa o indirecta legitima emocionalmente al/la justiciable a emplear la violencia, para resolver el conflicto en el que está involucrado/a. Sólo basta comprobar que mas del 90 de los agresores que mataron a sus esposas o exesposas, estaban en pleno (medidas provisionales de condena) o tras un proceso de separación (sentencia de condena), siendo este proceso el desencadenante de la muerte de la mujer.
¿Acaso no debemos de encontrar otros mecanismos de resolución de conflictos familiares que no empleen la fuerza o la violencia en su método de trabajo?
Desgraciadamente, si nuestros/as políticos/as argumentan y justifican el empleo de la violencia en la resolución de sus conflictos internacionales (p.e.: conflicto de Isla perejil o del País Vasco), está claro que esta Sociedad necesita otros/as dirigentes que les enseñen a sus ciudadanos y ciudadanas que existen otras formas de resolver los conflictos, pero este es otro tema.
Cualquiera de nosotros/as reprobaríamos y veríamos con mal ojo a un amigo o amiga que indicara a sus hijos/as que para resolver sus conflictos utilizaran la fuerza y la violencia, no así, nos planteamos el mismo argumento con nuestros poderes públicos, entre ellos la Justicia.
No culpo a Jueces/zas y Magistrados/as de ser violentos, sino que ellos/as son un eslabón mas del método jurídico de resolución de conflictos basado en normas e ideas ancestrales, que aún hoy día se manifiestan.
La evolución humana se mide no por el grado de bienestar o desarrollo económico y tecnológico, sino en la forma de cómo gestionamos la resolución de nuestros conflictos.
En mi opinión, nos queda bastante por evolucionar, tanto que cada vez que acudo a un Juzgado, me siento como en un coso de la Edad Media, donde las espadas, caballos y escudos, sólo se han cambiado por sala de vistas, togas, artículos, retórica jurídica y dinero.
A MODO DE CONCLUSIÓN
Hombres separados, mujeres separadas, hijos e hijas de progenitores separados, familiares de separados y separadas, todos y todas se quejan desde hace años de los efectos devastadores que tiene en la vida cotidiana de los/as justiciables la aplicación de la Ley del Divorcio de 1.981.
Está claro que la ley del 81 hay que cambiarla, pero ahora que intuyo voluntad política de proceder a la modificación de ésta ley, es cuando mas me preocupo, ya que si los que tienen que modificar la ley del 81 (conflictiva y generadora de conflictos de por si) son las personas que resuelven sus conflictos a base de utilizar la fuerza y la violencia, es cuando asociaciones, juristas, grupos, etc, más atentos debemos estar para que en la modificación que se haga de la Ley del 81, se introduzcan métodos mas humanos, pacíficos e igualitarios de resolución de los conflictos familiares.
Sevilla a 25 de marzo de 2.003.-